NIC
    Chile Sentencias Arbitrales sobre nombres de dominio
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Fallo por Arbitraje de dominio "ex.cl"



Santiago, 18 de noviembre de 2004.

VISTOS:

1.         El correo electrónico de fecha 30 de septiembre de 2004, por el cual Nic Chile comunica que en el conflicto por la inscripción del nombre de dominio EX.CL se ha designado como arbitro al suscrito que rola a fojas 1 de autos.

2.         El oficio OF04161 de fecha 30 de septiembre de 2004, mediante el cual Nic Chile designa al suscrito como arbitro del conflicto entre don Luitzen Aant Beiboer por una parte, y por la otra Lan Chile S.A. representada por Silva & Cía., que rola a fojas 2 del expediente.          

3.         La individualización de las partes que rola a fojas 3 y 4 de autos.

4.         La resolución de fojas 5 de fecha 6 de octubre de 2004, donde el suscrito acepta la designación de arbitro arbitrador y jura desempeñar el cargo con la debida fidelidad y en el menor tiempo posible, citando a las partes a un comparendo con el objeto de fijar las normas de procedimiento, que se envió con esta misma fecha a Nic Chile y a cada una de las partes, como consta en el ejemplar de la misma por correo electrónico que rola a fojas 6 y 7.

5.       Formulario de admisión de envíos registrados de Correos de Chile que rola a fojas 8 y 9 de autos en los cuales consta que la notificación del número 4 anterior fue despachada a las partes con fecha 6 de octubre de 2004, por correo certificado.

6.         Correo electrónico recibido de parte de Nic Chile que rola a fojas 10 del expediente, por el cual se comunica que han tomado conocimiento con fecha 7 de octubre de 2004 de la aceptación del suscrito como arbitro del presente caso.

7.         Escrito y documentos que rolan a fojas 11 de fecha 14 de octubre de 2004, enviado por don Jaime Silva Barros en representación de Lan Chile S.A., quien asume patrocinio en la presente causa, en conjunto con los demás abogados de Silva & Cía, quienes detentan poder de su representada para actuar indistintamente o en forma conjunta o separada del compareciente, quien además delega poder a don Ricardo Montero Castillo.

8.       Resolución de la primera audiencia de fecha 14 de octubre de 2004 que rola a fojas 12 y 13, en la que se fijaron las normas de procedimiento a seguir y en la que constan las firmas de don Ricardo Montero Castillo en representación de Lan Chile S.A.; y la del árbitro.

9.         Correo electrónico que rola a fojas 14 y 15 de fecha 14 de octubre de 2004, con el que se envió la resolución del número 7 anterior, a cada una de las partes y a Nic Chile.

10.       Escrito y documentos que rolan a fojas 16 y siguientes presentados por don Arturo Covarrubias Vargas en representación de Lan Chile S.A., para la asignación del nombre de dominio EX.CL.

Y TENIENDO PRESENTE:

I.          Que a la audiencia del día 14 de octubre de 2004 a las 16:00 hrs., fijada en la resolución que rola a fojas 5 para la realización del comparendo en el que se acordó el procedimiento del presente arbitraje, sólo asistió don Ricardo Montero Castillo en representación de Lan Chile S.A.

II. Que con fecha 28 de octubre de 2004, don Arturo Covarrubias Vargas en representación de Lan Chile S.A., presenta escrito de demanda por la asignación del nombre de dominio EX.CL, fundando sus antecedentes en que su representada ha publicitado y posicionado en el mundo entero el signo EX, protegiendo su capital intelectual a través de registros marcarios, los que amparan una amplia variedad de productos y servicios del Clasificador internacional, dentro de las que se encuentra la marca EX registro Nº661.784; que su interés legítimo, buena be, marcas y dominios registrados, presencia comercial, trayectoria y posicionamientos comerciales consolidados son los que perfilan a su mandante como titular de un mejor derecho a obtener el dominio en disputa.

III.       Que don Luitzen Aant Beiboer, no ha hecho presentación alguna en autos para defender su legítimo derecho al dominio EX.CL, habiendo  expirado los plazos fijados en la resolución  de fecha 14 de octubre de 2004.

RESUELVO:

I.        Rechazar la solicitud de nombre de dominio EX.CL, pedida por Luitzen Aant Beiboer.

II.        Aceptar la solicitud de nombre de dominio EX.CL pedida por Lan Chile S.A.

NOTIFIQUESE a Nic Chile y cada una de las partes por correo electrónico y por carta certificada copia de esta resolución con esta misma fecha y se devuelven los autos de este arbitraje a Nic Chile con el objeto de dar cumplimiento a lo resuelto y proceder a su correspondiente archivo.

 

Pablo Ruiz-Tagle Vial

Arbitro.