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¿Es necesario tener RUT para inscribir un dominio?

La nueva reglamentación estableció que será optativo declarar un número de documento de identificación personal para solicitar la inscripción de un nombre de dominio.

Sin embargo, debe tenerse en cuenta que puede ser necesario y útil comprobar la identidad del titular del nombre de dominio, por ejemplo, en casos de cambio del contacto Administrativo o del Titular u otro procedimiento en que ello sea necesario.

Para ello, al momento de solicitar la inscripción de un nombre de dominio, podrá indicar el tipo y número del documento de identificación del titular.

 

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